Sala de Prensa

La mediación familiar, el puente entre los hijos e hijas y sus progenitores

“Los y las menores no son simples monedas de cambio, deben ser sujetos de pleno derecho, cuyo interés superior debe prevalecer por encima de otras cuestiones”. Así lo remarcó el director general de Servicios para las Familias y la Infancia del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Ángel Parreño Lizcano, durante la inauguración del taller ‘El lugar de los hijos e hijas en la mediación’, organizado por la Unión de Asociaciones Familiares (UNAF). Una cuestión que, desgraciadamente y en las rupturas o crisis de pareja, sale a relucir afectando al ritmo y la vida de los más pequeños y pequeñas de la familia.

Por eso, UNAF, organización pionera de la mediación familiar en España, puso sobre la mesa un interesante tema como es la mediación familiar y el lugar que ocupan los hijos e hijas en ese proceso. Un asunto que fue abordado por la mediadora Lillian Van Wesemael, doctora en Ciencias Sociales, con una dilatada experiencia en la gestión de conflictos y que ocupa actualmente el cargo de ‘Guardian ad Litem’ en los Juzgados de Familia en Holanda, y sobre el cual también se dieron a conocer algunas características sobre su funcionamiento a lo largo del taller.

Durante la presentación, a cargo de Ángel Parreño Lizcano, Ana María Pérez del Campo Noriega, secretaria general de UNAF y Lillian Van Wesemael se recordó la importancia que en los últimos años ha adquirido la mediación familiar en la sociedad, empezando ésta a reclamar sus servicios en situaciones de ruptura de pareja. Por su parte, Ana María Pérez del Campo Noriega apuntó que “educar a un niño o niña es la obra más compleja, en la que hay que poner los cinco sentidos”, y se le debe escuchar en todos los procesos que le afectan.

Por su parte, Van Wesemael destacó la importancia de hacerle ver al niño/a que “cada persona tiene aspectos positivos y negativos. Porque si solo les enseñamos lo negativo, les estaremos haciendo daño”. En situaciones de divorcio o separación, los hijos e hijas son los primeros en verse afectados y no podemos tener un discurso sobre la otra persona, la madre o padre en este caso, de maldad, de odio, porque “en una separación el niño o niña necesita saber que ambos le quieren, que ha nacido por el amor de sus padres/madres, que no tienen la culpa de la separación y que continuará viendo a ambos”.

Teniendo en cuenta este contexto, explicaba la mediadora holandesa, es necesario saber el papel que desempeña el mediador o mediadora porque “somos el puente entre los hijos e hijas y sus progenitores”. Para ello hay que distinguir entre menores de 0 a 3 años, o niños/as de 3 a 6 o los y las jóvenes que entran en su etapa adolescente, o aquellos que afrontan la época universitaria.

 

Tratando las emociones en las “Casas de seguridad”

En Holanda, cuando en mediación se trabaja con los y las menores los psicólogos han observado los efectos positivos que produce en niños y niñas poder expresar sus necesidades y preocupaciones a un tercero neutral. Además, estas entrevistas están aportando información muy útil para los padres y madres y a los y las mediadores.

Y ¿cómo lo realizan? Existe una interesante herramienta que denominan “Casas de Seguridad” en la que expresan preocupaciones, cosas buenas, sueños y deseos. Y el hada y el mago para los más pequeños. Como señalaba Van Wesemael “la entrevista en mediación con niños tiene grandes efectos sobre ellos, porque perciben que no les olvidamos, que expresan lo importante para ellos y pueden dar consejos/avisos/trucos”.

Por otro lado, durante la sesión pudimos conocer más en profundidad algunas de las funciones y características del ‘Guardian ad Litem’, que, por ejemplo, en casos de sustracción de menores, la Corte de Justicia de La Haya ha valorado muy positivamente la labor de esta figura, nombrada por el juzgado para casos de separación o divorcio, o después de la separación. Por ejemplo, en mediación familiar los progenitores acuden de forma voluntaria y deciden sus acuerdos; y cuando actúa la figura Guardia Ad Litem, las personas implicadas en dicho proceso participan de forma obligada por decisión del juzgado, quien decide mediante sentencia. “Como Guardian Ad Litem, no solo somos la voz del niño o la niña sino que además debemos representar sus intereses. Y a veces son diferentes”, explicaba Van Wesemael.

Por último, se abordó la figura de la coordinación parental, de actualidad en España en las últimas semanas, comparada con el ‘Guardian ad Litem’. Una de las principales diferencias es que en el Guardian ad Litem el objeto de atención es el/la menor y en el coordinador parental son los progenitores. Un asunto que además pudimos tratar en un encuentro que se celebró por la tarde, con jueces y juezas, organizado también por UNAF junto con Jueces y Juezas para la Democracia (JJpD).

 

Prevención de la violencia de género en las crisis de pareja

En la tarde del lunes 12 de noviembre se celebró un encuentro con jueces y juezas sobre prevención de la violencia de género en las crisis de pareja, en el que participaron Pilar Llop, Delegada del Gobierno para la Violencia de Género y Pascual Ortuño, Magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona. Un debate, inaugurado por la presidenta de UNAF, Ascensión Iglesias Redondo y Esther Erice Martínez, Magistrada y coordinadora de la Comisión de Violencia de Género de JJpD en el que se pudo reflexionar en materia de violencia de género en casos de crisis de pareja, con menores implicados.

Pilar Llop, Delegada del Gobierno para la Violencia de Género apuntó que “hay que distinguir los casos de alta conflictividad, donde cabría la figura del Coordinador Parental, de aquellos donde hay violencia de género”, en línea con la postura que promueve UNAF en este asunto y que recordó Carlos Abril Pérez del Campo, mediador familiar de UNAF explicando que “la coordinación parental no puede realizarse en casos de violencia de género, porque el fin es preservar relaciones paterno-filiales sanas, seguras y sólidas, y esto no sucede en estos casos”. Respecto a las funciones del Coordinador Parental serían las de evaluar el sistema familiar y el conflicto, desarrollar labor educativa con los progenitores y gestionar el conflicto trabajando de forma coordinada con profesionales implicados en la problemática familiar.

Asimismo, se mencionó que la formación exigida para ser coordinador parental en Canadá y EE.UU., por ejemplo, es que sean profesionales de la salud mental o ámbito jurídico con formación y experiencia en mediación familiar y coordinación parental.

Para finalizar, Lillian Van Wesemael compartió con los jueces y juezas que asistieron al encuentro la figura del ‘Guardia Ad Litem’ existente en Holanda para situaciones de conflicto continuado en separaciones y divorcios, sus funciones y características.

 

image

Comunicación UNAF

Para más información o entrevistas, contacta con Raquel Lago, comunicacion@unaf.org.