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Cosas a tener en cuenta sobre los diferentes tipos de custodia

En el post «Los diferentes tipos de custodia» os explicamos las principales características de cada tipo de custodia que existe actualmente: monoparental o en exclusividad, repartida, partida y conjunta o compartida.

A partir de ahí, vamos a poner foco en algunas de ellas para entender algunas particularidades que hay que tener en cuenta a la hora de valorar cuál es la más recomendable para cada caso.

menor

Particularidades de la custodia exclusiva o monoparental

En Estados Unidos la custodia exclusiva consiste en que la representación legal del/de la menor la asume un solo progenitor y, normalmente, incluye también la custodia residencial.

En España, lo más frecuente es que solo implique la residencia, pero no la representación, ya que la patria potestad suele ser compartida.

Particularidades de la custodia partida

La custodia partida en general está contraindicada (por los sentimientos de abandono y celos que se pueden crear en los/as menores) a no ser que se den relaciones fraternales destructivas, en cuyo caso se deben arbitrar sistemas de visitas que permitan la interacción entre hermanos/as.

Si fallece el progenitor con la custodia, en EEUU se suele aplicar la doctrina de la reversión, según la cual prevalecen los derechos del progenitor (que no tenía la custodia) sobre los de la persona con la que había contraído nuevas nupcias la persona fallecida.

La custodia partida suele sustituir a un acuerdo original de custodia exclusiva, en la cual los motivos fundamentales del cambio son:

– La elección posterior de los niños y las niñas al pasar a otras etapas del desarrollo.

– La incapacidad de algún progenitor para manejarlos/as.

– La necesidad del/de la menor de intensificar la relación con el progenitor del mismo sexo.

– La percepción positiva o negativa por parte del niño o niña de las nuevas parejas de sus progenitores. Por ejemplo: conflictos con el padrastro/madrastra; deseo de formar parte de una familia con dos figuras parentales, etc.).

padrehijo

Particularidades de la custodia conjunta o compartida

De los estudios realizados sobre custodia conjunta se desprende:

– Que requiere de respeto mutuo, armonía y colaboración entre los o las ex cónyuges para que puedan resolver las cuestiones relacionadas con los hijos e hijas sin demasiados conflictos (Arditti, 1992; Maccoby y Mnookin 1992; Kelly 1993; Stephens, Freedman y Hess 1993; Bender 1994).

– Que cuando la relación entre los padres/madres continua siendo hostil, la custodia legal conjunta aumenta los conflictos y los litigios entre ellos/as (Emery 1994; Matthews y Wyer 1991) contribuyendo también al mantenimiento de los procesos familiares disfuncionales (Opie, 1993) que, a su vez, provocan más problemas de adaptación en los hijos e hijas (Emery 1994; Maccoby y Mnookin 1992).

En definitiva, aunque los hijos e hijas se pueden beneficiar de la implicación de ambos progenitores en la custodia conjunta, lo más probable es que sólo sean determinados tipos de familias las que puedan convertir esta custodia en una relación positiva y relativamente libre de estrés (Hetherington y StanleyHagan 1997).

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UNAF

Equipo multidisciplinar de profesionales expertas y expertos en diferentes áreas de conocimiento de UNAF.

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