El Parlamento Europeo acaba de publicar un estudio sobre la aplicación de la Directiva sobre mediación en los países de la Unión -cuando han transcurrido cinco años y medio de su adopción-, donde recomienda la adopción de la mediación obligatoria en determinados asuntos con la posibilidad de que las partes implicadas puedan darse de baja si no tienen la intención de continuar con el proceso.
Se trataría de una suerte de mediación mitigada, esto es, una mediación obligatoria con opción de exclusión. También apuesta por la teoría de la mediación equilibrada que implicaría que los Estados, sin necesidad de llevar a cabo un cambio en su legislación, utilicen las políticas de su elección para determinar un número objetivo que represente un porcentaje mínimo de las mediaciones que deben realizarse cada año.
El estudio -que llega de la mano del Departamento de Derechos de los Ciudadanos y Asuntos Constitucionales- recoge la opinión de un total de un total de 816 expertos de toda Europa y sostiene que únicamente introduciendo elementos de mediación obligatoria en los sistemas jurídicos de los Estados miembros se lograría un aumento del uso de este sistema alternativo de resolución de conflictos.
Explica el informe que un dato «significativo y decepcionante», es que el número de mediaciones, en promedio, suponen menos del 1 por ciento de todos los casos de conflicto en la Unión Europea, y que se debe a las «débiles políticas» existentes en casi la totalidad de la Europa de los Veintiocho. Una cifra, insiste, «especialmente decepcionante» si se tiene en cuenta que «la mediación puede ahorrar una cantidad significativa de tiempo y costes para los litigantes en comparación con los litigios judiciales».
Lo cierto es que los datos ofrecidos por el estudio son reveladores: mientras los juicios pueden alcanzar hasta costes de casi 25.000 euros, como ocurre en Suecia, el coste máximo de la mediación no pasaría de los 10.000, que son los gastos en que conllevaría en Austria. En el otro extremo, la mediación podría suponer únicamente un desembolso de 400 euros en Bulgaria, mientras el mínimo de los juicios no bajaría de los 2.300 que cuesta de media un litigio en ese mismo país. Por tanto, existe un ahorro medio de costes de alrededor del 60 por ciento a favor de la mediación dado que el coste medio de un litigio es de 9.179 euros frente a 3.371 de la mediación. En cuanto a los días que tardaría un litigio en resolverse frente a la mediación las cifras son también abrumadoras: el promedio es de 566 días en juicio frente a 43 en mediación.
Hacia el modelo italiano
Con estos datos, el Parlamento Europeo apuesta seriamente por la mediación y pone de ejemplo el modelo italiano, donde se ha optado por una mediación obligatoria mitigada y donde, asegura el estudio, existe una alta incidencia de la mediación que «ha generado resultados positivos». En concreto, dice el Parlamento que «es muy significativo» que Italia, el único país de la UE con más de 200.000 mediaciones por año, «sólo vio este aumento cuando la mediación se convirtió en una condición previa al juicio, en determinados tipos de litigios».
Una conexión directa que se confirma, en opinión del Parlamento, por lo que ocurrió durante el periodo de tiempo en que la mediación dejó de ser obligatoria allí -entre octubre de 2012 y septiembre de 2013- en que el número de mediaciones, tanto obligatorias como voluntarias, cayó de nuevo a un número muy bajo. La cifra se levantó nuevamente a decenas de miles de mediaciones al mes cuando se reintrodujo el requisito obligatorio. Y es que, añade que los países donde se ha optado por otro enfoque «no tiene un número significativo de mediaciones» y, en consecuencia, «sus expertos nacionales abogan por la adopción de medidas más fuertes».
Un tradicional enfoque voluntario
Sin embargo, y a pesar de estos datos, la tradición en la UE ha sido la de un enfoque voluntario de la mediación y sólo Italia ha ordenado la participación en la mediación como requisito previo a la demanda.
Otros países, como Reino Unido, han probado su imposición para disputas por debajo de un determinado valor monetario (si bien esta medida se retiró); y otros, como Francia, han optado por la obligación de la mediación sólo en determinadas áreas. También hay Estados que han establecido incentivos financieros en lugar de mandatos para fomentar la participación en la mediación.
Además, asegura que el análisis del marco regulatorio de la mediación en los 28 Estados de la UE pone de manifiesto «variaciones significativas en la aplicación de la Directiva sobre la mediación». Así, un número de Estados han optado por aplicarla únicamente a los litigios transfronterizos, creando así un régimen regulador dual, mientras que otros han aplicado las disposiciones de la Directiva, en un grado variable, también a los litigios domésticos.
Por último, el estudio apuesta por una serie de medidas no legislativas destinadas a promover la mediación, como medidas de información, «que la Unión Europea y los Estados miembros deberían considerar de modo inmediato». También lamenta que la mediación online es aún «casi inexistente en la mayoría de los Estados de la UE».
Fuente: elEconomista.es